El nuevo Reglamento de Extranjería redefine las modalidades de arraigo, facilitando la regularización y el acceso al mercado laboral para personas extranjeras.
Se incluyen cinco tipos:
- Arraigo de segunda oportunidad: Creado para quienes perdieron su autorización de residencia y no pudieron renovarla. Ahora pueden solicitar este permiso tras cumplir ciertos requisitos.
- Arraigo sociolaboral: Exige un contrato de trabajo con las mismas condiciones que las autorizaciones iniciales por cuenta ajena.
- Arraigo social: Permite la regularización mediante vínculos familiares en España o integración acreditada por informes autonómicos.
- Arraigo socioformativo: Sustituye al anterior arraigo por formación, permitiendo acceder a este permiso a quienes cursan estudios formativos enfocados a mejorar su empleabilidad.
- Arraigo familiar: Ahora limitado a progenitores de menores comunitarios o españoles, quedando regulado de forma separada de otras figuras familiares.
Entre las principales novedades, se reduce el tiempo de permanencia en España para solicitar ciertos tipos de arraigo a dos años (excepto el familiar). Además, todos los titulares de estos permisos están habilitados para trabajar desde el inicio, favoreciendo su integración social y económica.
El nuevo reglamento también incluye medidas específicas para simplificar trámites, clarificar requisitos y aumentar la seguridad jurídica, asegurando que más personas puedan acceder a estas autorizaciones de forma eficiente.